Decreto 1413 de agosto 25 de 2017 – Lineamientos generales en el uso de servicios ciudadanos digitales
DECRETO 1413 DE AGOSTO 25 DE 2017
Por el cual sese reglamenta parcialmente el capítulo IV del Título III de la primera parte de la Ley 1437 de 2011 y el artículo 45 de la Ley 1753 de 2015, estableciendo los lineamientos que se deben cumplir para la prestación de servicios ciudadanos digitales, y para permitir a los usuarios el acceso a la administración pública a través de medios electrónicos.
El uso de los servicios ciudadanos digitales será obligatorio para los organismos y entidades públicas, así como para los particulares que desempeñen funciones públicas utilizar los servicios ciudadanos digitales, de conformidad con el artículo 2.2.17.1.2 de Este Decreto. Su implementación se hará de conformidad con la gradualidad definida en el artículo 2.2.17.8.1 del presente decreto.
Plazos para la implementación de los servicios ciudadanos digitales, contados a partir de la publicación, por parte del Ministerio de Tecnologías de la Información y las comunicaciones, del acto administrativo a través del cual apruebe y adopte el Manual de Condiciones:
- Las entidades públicas priorizadas por la ruta de la excelencia de gobierno en línea en la categoría de proyectos de trámites y servicios, tendrán un plazo de 18 meses.
- Las entidades públicas del orden nacional tendrán un plazo de 24 meses.
- Las entidades públicas del orden territorial implementarán el modelo en función de su disponibilidad presupuestal.
- Los partículares que desempeñen funciones públicas tendrán un plazo de 24 meses.
- El plazo de registro de los funcionarios públicos será el mismo que se definió para la implementación de los servicios ciudadanos digitales y la sede según el orden nacional o territorial de la entidad a la que presta sus servicios.
En caso de que los sujetos obligados por este decreto cuenten con implementaciones cuyas funcionalidades sean similares a las de los servicios ciudadanos digitales, estas deberán elaborar un plan de migración, dentro del plazo de implementación que a cada una le corresponde.
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