Análisis tributario opción Persona Natural versus Persona Jurídica
PERSONA NATURAL VERSUS PERSONA JURÍDICA
Cuando la renta líquida de un comerciante, persona natural, pasa de cierto tope, llega el momento de analizar la posibilidad de constituirse como persona jurídica, y mas cuando la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales (UGPP) está aplicando en forma amañada el artículo 135 de la ley 1753 de 2015, artículo que aún no ha sido reglamentado, pero que la UGPP está utilizando a su acomodo para generar altos cargos por aportes, intereses y multas a los comerciantes independientes.
Para el presente estudio se tuvieron en cuenta los siguientes factores:
- Impuesto sobre rentas no laborales de las personas naturales y personas jurídicas;
- Impuesto sobre rentas laborales;
- Impuesto sobre dividendos;
- Sobretasa sobre el impuesto de renta para las personas jurídicas;
- Aportes de seguridad social para dependientes e independientes;
Para el presente análisis, se tomaron utilidades líquidas desde $19.000.000 hasta $900.000.000, y se armaron escenarios para los siguientes casos:
- Impuesto de renta personas naturales versus personas jurídicas, con la misma renta líquida, sin tener en cuenta costos de aportes de seguridad social del independiente y costos laborales de la sociedad por inclusión del empresario como empleado.
- Impuesto de renta personas naturales versus personas jurídicas, con renta líquida después de aportes seguridad social para el independiente y costos laborales para la persona jurídica, con las alternativas de sueldos para el empresario de $3.000.000, $4.000.000 y $5.000.000.
Se comparó el impuesto de renta de la persona natural contra el impuesto de renta de la persona jurídica, pero en el total de impuestos de la persona jurídica se tuvo en cuenta el impuesto sobre dividendos y de rentas laborales, al igual que se hizo el comparativo de los aportes de seguridad social, tanto para independiente como dependientes.
Resultado del análisis efectuado (desde el punto de vista fiscal y de aportes seguridad social):
- Para rentas líquidas inferiores a $80.000.000 la mejor opción es la de Persona Natural;
- Para rentas líquidas entre los rangos de $80.000.000 y $700.000.000, la mejor opción es constituirse en Persona Jurídica, asignando al empresario un sueldo de $3.000.000, $4.000.000 o $5.000.000 mensuales. Con sueldos de $4.000.000 o $5.000.000 se ve mas diferencia a favor de la persona jurídica.
- Para rentas líquidas entre los rangos de $700.000.00 y $800.000.000, la diferencia entre impuestos y costos de seguridad social no son tan acentuadas, de tal manera que es indiferente estar como Persona Natural o Persona Jurídica;
- Para rentas líquidas superiores a $800.000.000, la mejor opción es la de Persona Natural.
Ventajas de las Personas Jurídicas:
- Responsabilidad limitada. Los socios asumen solo de forma limitada la responsabilidad por las deudas u obligaciones que pueda contraer la sociedad, las cuales solo se garantizan con los bienes, capital o patrimonio que pueda tener la empresa;
- Mayor disponibilidad de capital. El capital puede ser aumentado por el aporte de los socios;
- Mayor acceso al sistema financiero. Las entidades financieras suelen mostrar mayor disposición a conceder productos financieros a las personas jurídicas;
- Posibilidad de acceder a concursos públicos sin mayores restricciones;
- Mayor credibilidad comercial;
- Los socios pueden estar vinculados como empleados de la Persona Jurídica, y esto reduce la renta líquida gravable;
- El aporte a seguridad social de los socios que figuran como empleados, se limita al sueldo asignado;
- La contabilidad se limita al ejercicio del objeto social de la empresa, de tal manera que no hay que desgastarse con gastos y erogaciones de carácter personal;
Desventajas de las Personas Jurídicas:
- Todas las obligaciones tributarias recaen sobre las sociedades;
- Para rentas líquidas menores a $60.000.000 el impuesto de renta es mas alto que el de las personas naturales;
- Las utilidades solo se pueden retirar cuando hayan sido decretadas en favor de los socios;
- Control de entidades oficiales como la Superintendencia de Sociedades;
- La toma de decisiones es compartida.
Anexo documento de análisis propuesto: PERSONA-NATURAL-O-JURÍDICA-EXCEL-2