Los menores de edad ahora tendrán que presentar un permiso de sus padres para viajar por vía terrestre sin su acompañamiento.
Texto tomado del artículo de Laura Cuevas Sánchez, Diario la República, octubre 04 de 2024
Desde el dos de octubre, todos los menores de edad que utilicen el transporte terrestre en Colombia deberán presentar un permiso de sus padres para poder viajar si no van con ellos. Esta medida, en cumplimiento de la Ley 336 de 1996 y la Ley 105 de 1993, busca proteger los derechos de los usuarios, especialmente los de niños y adolescentes, y prevenir su explotación.
Los requisitos fundamentales para el viaje de menores incluyen la acreditación del parentesco, que implica presentar el registro civil de nacimiento cuando un menor viaja acompañado de un adulto. Además, se requiere una autorización de viaje cuando el menor viaja solo o con un adulto que no es su padre, madre o tutor legal. Esta autorización debe ser emitida por uno de los padres o el tutor legal.