Decreto 0572 mayo 28 de 2025 Modificación tarifas de autorretención y bases mínimas para practicar retención en la fuente
Deberá efectuarse retención en la fuente por compras cuya cuantía sea igual o superior a 10 UVT ($498.000 año 2025), y por prestación de servicios cuya cuantía sea igual o superior a 2 UVT ($100.000 año 2025).