Resolución 12 de febrero 9 de 2021 DIAN- Modifica Resolución 42 de mayo 5 de 2020 sobre los sistemas de facturación
Resolución 12 de febrero 9 de 2021 emitida por la DIAN, por la cual se modifican y adicionan unos artículos a la Resolución 42 de mayo 5 de 2020.
Apartes relevantes de la Resolución 12 de febrero 9 de 2021:
- Cuando la entrega del bien o el servicio se realice en el exterior, el registro de la dirección no será obligatorio en la factura electrónica de venta
- La factura electrónica deberá contener la fecha de validación, pero cuando esta no pueda ser validada por inconvenientes tecnológicos atribuibles a la DIAN, se tendrá como fecha y hora de expedición la fecha y hora de generación.
- Los sujetos obligados a la utilización del prefijo de que trata el numeral 2 del artículo 39 de la Resolución 42 de mayo 5 de 2020, podrán utilizar prefijos de hasta cuatro (4) letras, números o su combinación.
- A mas tardar el primero (1) de julio de 2021, los facturadores electrónicos que realicen transacciones con sujetos no obligados a expedir factura de venta y/o documento equivalente, deben generar y transmitir para validación de la DIAN, en forma electrónica, el “Documento soporte en adquisiciones a no obligados a facturar”, atendiendo las condiciones, términos, mecanismos técnicos y tecnológicos establecidos en el anexo técnico proferido por la DIAN, de que trata el título XIV de esta resolución.
- El anexo técnico de Factura Electrónica de Venta versión 1.8, reemplaza en su totalidad el “Anexo técnico de factura electrónica de venta versión 1.7-2020”. El anexo técnico de factura electrónica de venta versión 1.8, forma parte integral de la Resolución 12 de 2021.
- Los anexos técnicos y sus modificaciones se encuentran publicados en el sitio WEB de la DIAN: https://www.dian.gov.co/impuestos/factura-electronica/documentacion/Paginas/documentacion-tecnica.aspx
- Se adopta el “Anexo técnico Documento Soporte 1.0”, para adopción por parte de los facturadores electrónicos que utilicen el “Documento soporte en adquisiciones a no obligados a facturar”.
Para descargar Resolución 12 de febrero 9 de 2021 DIAN, dar clic en este enlace