Concepto 900479 DIAN de marzo 01 de 2017 Derogatoria beneficio de progresividad del impuesto sobre la renta
CONCEPTO 900479 DIAN DE MARZO 01 DE 2017
DEROGATORIA BENEFICIO DE PROGRESIVIDAD DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Las pequeñas empresas que se acogieron a los beneficios de progresividad del artículo 4 de la Ley 1429 de 2010, serán objeto de retención en la fuente desde el 1 de enero de 2017 y de la autorretención contemplada en el Decreto 2201 de 2016. Igualmente se sujetarán a la renta presuntiva a partir del año gravable de 2017.
Tanto las pequeñas empresas personas naturales como las personas jurídicas que gozaron de la progresividad en el pago del impuesto sobre la renta y demás beneficios fiscales, de conformidad con el artículo 4. de la ley 1429 de 2010, deberán cumplir las obligaciones sustanciales y formales tributarias que les corresponda, so pena de los procesos de control y fiscalización a las declaraciones tributarias de los períodos causados y/o por causarse.
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