Calendario Información Exógena

CALENDARIO INFORMACIÓN EXÓGENA AÑO GRAVABLE 2023

(Resolución 1255 de octubre 26 de 2022)

Artículo 46. PLAZOS PARA SUMINISTRAR LA INFORMACIÓN ANUAL Y ANUAL CON CORTE MENSUAL. La información a que se refieren los artículos 2 al 27, 29, 30, 31 y 33 al 43 de la presente resolución, deberá ser reportada a más tardar en las siguientes fechas, teniendo en cuenta el último dígito del NIT del informante cuando se trate de un gran contribuyente o los dos últimos dígitos del NIT del informante cuando se trate de una persona jurídica y asimilada o una persona natural y asimilada:

GRANDES CONTRIBUYENTES:

ÚLTIMO DÍGITO FECHA
1 23 de abril de 2024
2 24 de abril de 2024
3 25 de abril de 2023
4 26 de abril de 2024
5 29 de abril de 2024
6 30 de abril de 2024
7 02 de mayo de 2024
8 03 de mayo de 2024
9 06 de mayo de 2024
0 07 de mayo de 2024

PERSONAS JURÍDICAS Y NATURALES:

ÚLTIMOS DÍGITOS FECHA
01 a 05
08 de mayo de 2024
06 a 10
09 de mayo de 2024
11 a 15
10 de mayo de 2024
16 a 20
14 de mayo de 2024
21 a 25
15 de mayo de 2024
26 a 30
16 de mayo de 2024
31 a 35
17 de mayo de 2024
36 a 40
20 de mayo de 2024
41 a 45
21 de mayo de 2024
46 a 50
22 de mayo de 2024
51 a 55 23 de mayo de 2024
56 a 60 24 de mayo de 2024
61 a 65 27 de mayo de 2024
66 a 70 28 de mayo de 2024
71 a 75 29 de mayo de 2024
76 a 80 30 de mayo de 2024
81 a 85 31 de mayo de 2024
86 a 90 04 de junio de 2024
91 a 95 05 de junio de 2024
96 a 00 06 de junio de 2024

Parágrafo 1. la información se debe reportar dentro de los plazos señalados en el presente artículo de acuerdo con la calidad de gran contribuyente, persona jurídica o persona natural que se posea en el momento de informar.

Parágrafo 2. La información de que trata el numeral 36.4 del artículo 36, correspondiente al impuesto de industria y comercio, deberá ser reportada a más tardar el último día hábil del mes de agosto de 2024.