La resolución 220 de octubre 31 de 2014, en su literal p) del artículo 4. establece que:
p) Todas las personas naturales o jurídicas o entidades que efectúen pagos a empleados, deberán reportar la información del certificado de Ingresos y Retenciones para personas Naturales Empleados del año gravable 2015 (Formato 220 DIAN).
La resolución 24 de marzo 08 de 2016, en su artículo 1. establece que:
Modifíquese el literal p) del artículo 4 de la resolución 000220 de 2014, modificado por elartículo 1 de la resolución 000111 de 2015, el cual quedará así:
p) Las personas naturales o jurídicas o entidades que efectúen pagos a personas naturales y deban expedir el Certificado de Ingresos y Retenciones para Personas Naturales Empleados del Año Gravable 2015 (Formulario 220 DIAN), y estén obligadas a presentar cualquier tipo de información de que trata la presente Resolución.
De acuerdo a la resolución 24 de marzo 08 de 2016, solo las personas naturales o jurídicas o entidades que estén obligadas a presentar cualquier tipo de información, según la resolución 220 de 2014, son las que deben diligenciar el formato 2276 (Información del certificado de ingresos y retenciones- Formato 220 DIAN).
De los certificados de ingresos y retenciones para personas naturales empleados, se deberá reportar la siguiente información:
1. Tipo de documento del empleado
2. Número de identificación del empleado
3. Apellidos y nombres del empleado
4. Fecha inicial del período de certificación
5. Fecha final del período de certificación
6. Fecha de expedición del certificado
7. Departamento y Municipio donde se practicó la retención
8. Número de entidades que consolidan la retención
9. Pagos al empleado
10. Cesantías e intereses de cesantías efectivamente pagadas en el período
11. Gastos de Representación
12. Pensiones de jubilación, vejez o invalidez
13. Otros ingresos como empleado
14. Total ingresos brutos
15. Aportes obligatorios por salud
16. Aportes obligatorios a fondos de pensiones y solidaridad pensional
17. Aportes voluntarios a fondos de pensiones y cuentas AFC
18. Valor de las retenciones en la fuente por pagos al empleado.