Resolución 0144 enero 23 de 2017 Ministerio del Trabajo – Formato identificación de peligros, para afiliación Trabajadores Independientes
La Resolución 0144 de enero 23 de 2017 del Ministerio del Trabajo, establece el formato “FUIPSRL” e instructivo de identificación de peligros, para la afiliación voluntaria de los trabajadores independientes que devenguen uno (1) o más salarios mínimos mensuales legales vigentes, el cual deben diligenciar como requisito para acceder a la afiliación al Sistema General de Riesgos Laborales.
El formato FUIPSRL es de obligatorio cumplimiento para los trabajadores que de manera independiente desarrollan alguna de las ocupaciones u oficios establecidos en la “Tabla de Clasificación de Ocupaciones u Oficios más representativos”, estblecida en el anexo del Decreto 1563 del 2016, sin contrato de prestación de servicios superior a un mes y devengan uno (1) o más salarios mínimos legales mensuales vigentes.
El Formato FUIPSRL debe modificarse y actualizarse en los siguientes casos:
a. Por cambio de ocupación u oficio
b. En el momento que identifique un nuevo peligro
c. Por Accidente de Trabajo o enfermedad laboral: al momento de la ocurrencia de accidente de Trabajo o la calificación de la enfermedad laboral dondc no se haya identificado el peligro al momento de la afiliación.
Una vez se diligencie el formato FUIPSRL y se entregue el Certificado del resultado del examen pre-ocupacional, la administradora de Riesgos Laborales, procederá a dar trámite final a la afiliación.
Las evaluaciones médicas pre-ocupacionales y periódicas, correrán por cuenta de los trabajadores independientes que de manera voluntaria quieran pertenecer al Sistema General de Riesgos Laborales “FUIPSRL”, y estos deberán hacerse cada doce (12) meses, contados a partir de la evaluación médica pre-ocupacional inicial y harán parte de la Historia Clinica Ocupacional de los trabajadores independientes.
Para ver Resolución 0144 de enero 23 de 2017 dar click aquí
Para ver Decreto 1563 de septiembre 30 de 2016 dar click aquí