Nuevos agentes retenedores del Impuesto de Industria y Comercio en Bucaramanga
Mediante Resolución 356 del 7 de marzo de 2016, la Secretaría de Hacienda del Municipio de Bucaramanga, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 74 del Estatuto Tributario Municipal (Acuerdo No. 044 de 2008) designó a partir del 01 de abril de 2016, como agentes retenedores del Impuesto de Industria y Comercio, además de los señalados en el artículo 76 del citado ordenamiento, a los contribuyentes del Impuesto de Industria y Comercio que para el año 2014 hubiesen liquidado por concepto de Impuesto de Industria y Comercio un valor igual o mayor a dos millones de pesos ($2.000.000) moneda corriente.
La Secretaría Municipal de Hacienda diseñó unas jornadas de capacitación dirigidas a los nuevos agentes retenedores, que se realizarán en las siguientes fechas:
Martes 29 de marzo de 2016
Primera Jornada: de 7:30 a.m. a 12:00 m
Segunda Jornada: de 1:30 p.m. a 6:00 p.m.
Miércoles 30 de marzo de 2016
Primera Jornada: de 7:30 a.m. a 12:00 m
Segunda Jornada: de 1:30 p.m. a 6:00 p.m.
Lugar: Instituto Municipal de Cultura (Auditorio Pedro Gómez Valderrama). Calle 30 # 26-117, Parque de los Niños. Bucaramanga.
Para participar, inscríbase a través del correo: agenteretenedorica@bucaramanga.gov.co
¡Cupos limitados!
Para los nuevos agentes retenedores del impuesto de industria y comercio en Bucaramanga, es importante tener bien claro el principio de Territorialidad, para que no apliquen mal dicha retención, tal como sucede con algunos agentes retenedores de Floridablanca, Girón, Barrancabermeja y otros. Para ver ilustración al respecto dar click aquí
No obstante el concepto de algunos funcionarios municipales, los fallos de las altas cortes son norma superior, por lo tanto no nos debe dar temor el aplicar dichos fallos.
Importante leer el siguiente documento : Sentencia 19256 de agosto 28 de 2014 del Consejo de Estado – Territorialidad del impuesto de industria y comercio