Categoría: Conceptos y Oficios DIAN

Oficio 33116 noviembre 18 de 2015 DIAN – Ganancias ocasionales exentas en herencias y legados.

Las exenciones de que tratan los numerales 1 y 2 del artículo 307 del Estatuto Tributario son concurrentes con las señaladas en los numerales 3 y 4 de la misma norma, al afectar circunstancias disímiles entre sí; pues, mientras las primeras se circunscriben al valor de un inmueble propiedad del causante, sea de vivienda urbana o rural, antes de su correspondiente adjudicación o partición, las segundas atañen a los bienes y derechos efectivamente recibidos con ocasión de una herencia, legado, entre otros actos jurídicos

Oficio 33118 noviembre 18 de 2015 DIAN – Una persona no residente puede actuar como importador de mercancías.

La legislación aduanera no exige como requisito para que se adelante el proceso de importación de mercancías de procedencia extranjera al territorio aduanero nacional, que el importador y/o declarante directo, tenga las calidades de residente o domiciliado en Colombia.

Oficio 32126 noviembre 09 2015 DIAN – IVA no descontable sobre componente nacional en ventas en Zonas Francas a territorio nacional.

Los costos y gastos nacionales incluida la mano de obra, se consideran como valor agregado nacional que se excluyen de la base gravable para liquidar el IVA en la importación de mercancías al resto del territorio nacional desde zona franca.

Retención publicidad a través de radio y prensa

Los servicios de radio, prensa y televisión, es decir, los que se relacionan concretamente con los medios de comunicación que venden o suministran el espacio correspondiente para las transmisiones, no se les aplica retención en la fuente, no siendo extensivo el beneficio a otros servicios como el de publicidad o elaboración de mensajes publicitarios. (Concepto número 005469 de 2007).

Pagos multinivel gravados con IVA

los servicios prestados por los vendedores independientes se ajustan a la noción de servicio transcrita y no se encuentran exceptuados en virtud de lo establecido en el artículo 476 del Estatuto Tributario, razón por la cual estarán gravados a título de IVA a la tarifa general del 16%.

porcentaje de retención en la fuente a través del Procedimiento número 2 para un funcionario que trae continuidad de otra entidad pública

Cuando un trabajador preste sus servicios a una entidad del Estado y sin solución de continuidad ingrese a prestarlos en otra también del Estado, por tratarse realmente de ser el mismo patrono quien realiza el pago salarial no existe imposibilidad para tener en cuenta el tiempo trabajado en la primera a fin de poder utilizar el segundo procedimiento para efectos de la retención en la fuente a que se refieren la Ley 75 de 1986 y su decreto reglamentario…

Retención en la fuente en indemnizaciones por despido sin justa causa

Si los beneficiarios de las indemnizaciones, son trabajadores que devengan 10 salarios mínimos legales mensuales o menos no estarán sometidos a retención en la fuente, sin embargo el hecho de que estén exoneradas de retención en la fuente no implica que sean exentas, pues para aquellos contribuyentes obligados a presentar declaración de renta y complementarios deben denunciarlos como ingresos gravables en los términos del artículo 26 del Estatuto Tributario.

Impuestos sobre servicios técnicos, que se suministren desde el exterior o en el país

Los pagos o abonos en cuenta por concepto de consultorías, servicios técnicos y de asistencia técnica, prestados por personas no residentes o no domiciliadas en Colombia, están sujetos a retención en la fuente a la tarifa única del 10%, a título de impuestos de renta y a retención del IVA del 100%.

Condiciones especiales de pago podrian ser adoptadas por el Servicio Nacional de Aprendizaje (Sena)

al hacer una lectura del artículo 57 de la ley 1739 de 2014, en el primer fragmento del artículo se estipula como Sujeto Activo de las obligaciones sometidas a las condiciones especiales de pago, a LAS ENTIDADES CON FACULTADES PARA RECAUDAR RENTAS, TASAS, CONTRIBUCIONES O SANCIONES DEL NIVEL NACIONAL, lo que permite deducir que la intención del legislador no fue restringir los beneficios tributarios exclusivamente a las obligaciones donde la DIAN fuera la entidad acreedora.

Exención impuesto de renta establecimiento que ofrece servicios turísticos de alojamiento y hospedaje inferior a 30 días

Las rentas provenientes de los servicios hoteleros prestados en hoteles que se remodelen y/o amplíen entre el 1° de enero del año 2003 y el 31 de diciembre del año 2017, obtenidas por el establecimiento hotelero o por el operador, estarán exentas del impuesto sobre la renta por un término de treinta (30) años contados a partir del año gravable en que se inicien las operaciones de prestación de servicios en el área remodelada o ampliada.

Tratamiento impositivo para ciudadanos colombianos que obtienen ganancias a través de un broker financiero

Las ganancias por inversión de recursos en el exterior por parte de personas naturales no residentes en el país no se encuentran gravadas con el impuesto sobre la renta y complementarios al no tratarse de ingresos de fuente nacional, ya sea que se depositen en cuentas bancarias colombianas o en cuentas bancarias extranjeras. Sólo los valores consignados en cuentas bancarias nacionales, harían parte de la base gravable del impuesto al patrimonio.

Pagos a miembros de junta directiva

Toda vez que el pago de honorarios a los miembros de la junta directiva surge precisamente como contraprestación por los servicios que aquellos suministran a la sociedad, es palmario que su clasificación tributaria para efectos del impuesto sobre la renta y complementarios corresponde a la de empleado en las condiciones previstas por la norma reseñada.

Inclusión de utilidades y pérdidas de las fiduciarias

Las utilidades o pérdidas obtenidas en los fideicomisos deberán ser incluidas en las declaraciones de renta de los beneficiarios, en el mismo año gravable en que se causan a favor o en contra del patrimonio autónomo, conservando el carácter de gravables o no gravables, deducibles o no deducibles, y el mismo concepto y condiciones tributarias que tendrían si fueren percibidas directamente por el beneficiario.

Retención en el impuesto sobre la renta Personas naturales extranjeras

Todo trabajador migratorio con ‘empleo concreto’ que haya sido desplazado para la realización del respectivo trabajo a Colombia, estará sujeto por el término del mismo en proporción a los ingresos percibidos en su estancia en el país, al igual que los nacionales residentes, a las exenciones, tarifas, retenciones y obligaciones en el impuesto sobre la renta.

Tratamiento impuesto sobre las ventas sobre compras a no responsables del IVA

Son responsables del impuesto sobre las ventas los responsables del régimen común cuando realicen compras o adquieran servicios gravados de personas pertenecientes al régimen simplificado, por el valor del impuesto retenido sobre dichas transacciones. Porcentaje de Retención de IVA actual es del 15%.

Retiro de inventarios se debe facturar al valor comercial

Los retiros de bienes corporales muebles del inventario hechos por el responsable para su uso o para formar parte de los activos fijos de la empresa, constituyen hecho generador del Impuesto sobre las ventas y este no puede ser tratado como descontable considerando que cuando los bienes se compraron inicialmente, se descontó el IVA”.

Normalización tributaria solo trae beneficios para renta y complementarios y CREE

La Normalización Tributaria solo trae beneficios en lo relativo al Impuesto sobre la Renta y Complementarios, y para el Impuesto sobre la Renta para la Equidad (CREE), pero no para los demás impuestos, ni a las obligaciones que están a cargo de los contribuyentes. se deben ajustar los demás denuncios tributarios a que haya lugar, en los casos en que se opte por el Impuesto de Normalización Tributaria.

Tarifa de retención aplicable a los servicios de atención integral en salud a domicilio

Los servicios integrales de salud que involucran servicios calificados y no calificados, prestados a un usuario por Instituciones Prestadoras de Salud (IPS), que comprenden hospitalización, radiología, medicamentos, exámenes y análisis de laboratorios clínicos, estarán sometidos a la tarifa del dos por ciento (2%).

Retención IVA sobre ventas canceladas con tarjeta crédito para restaurantes responsables del Impuesto Nacional al consumo

Para los responsables del impuesto nacional al consumo, las entidades emisoras de tarjetas crédito, no les deben efectuar retención en la fuente por IVA, debido a la inexistencia del mismo. En caso de haberlo hecho, se debe efectuar el respectivo reintegro.

Alcance concepto unificado 027030 del 29 de septiembre de 2015 – Exención del impuesto sobre las ventas en zona de Emergencia económica

Con el ánimo de aclarar el régimen tributario que se aplicaría a los distintos supuestos que se podrían presentar en la venta de los bienes o productos dentro de la zona declarada en Estado de Emergencia, se procede a detallar uno a uno las diferentes operaciones que podrían darse y el marco jurídico en lo que respecta al régimen exceptivo del Decreto-ley 1818 del año 2015:

Deducción por Inversiones en el medio ambiente

El artículo 158-2 del Estatuto Tributario, establece que no podrán deducirse el valor de las inversiones realizadas por mandato de una autoridad ambiental para mitigar el impacto ambiental producido por la obra o actividad objeto de una licencia ambiental, previsión reglamentada a través del Decreto 3172 de 2003 en su artículo 4º.

Tenencia mínima de acciones en escisión reorganizativa

Si la escisión reorganizativa es parcial, lo que supone que la sociedad escindente permanece con parte de las acciones, cuotas o participaciones, la restricción temporal en el sentido de mantenerse por dos años siguientes a la escisión no se hace extensiva a las acciones, cuotas o participaciones que los socios mantienen en esta.

Retención en la fuente sobre cesantías e intereses cesantías ?

Tanto los artículos 2° y 6° del Decreto 1070 de 2013, como el artículo 3° del Decreto 0099 de 2013, establecen de manera expresa los valores que se pueden detraer para determinar la base de retención en la fuente, sin que en las dos últimas disposiciones se incluyan el auxilio de cesantía y los intereses sobre cesantías.

Impuesto CREE sociedades en reorganización

Las sociedades en liquidación judicial de que trata la Ley 1116 de 2006, no están excluidas como sujetos pasivos del Impuesto sobre la Renta para la Equidad (CREE), circunstancia que obliga a este tipo de sociedades a cumplir la obligación formal de presentar la declaración anual del Impuesto sobre la Renta para la Equidad (CREE)

Plazos información ventas frontera Colombo-Venezolana

por la cual se establece el grupo de obligados a suministrar a la U.A.E. Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), la información establecida en el Decreto 1818 de 2015, se señala el contenido, las características técnicas para la presentación y se fijan los plazos para la entrega.

Aplicación NIIF y Normas de Aseguramiento – Circular 100-00005 Supersociedades

La presente guía técnica, se expide con miras a facilitar la correcta aplicación de la regulación vigente, en materia de contabilidad, de información financiera y de aseguramiento de la información, con base en las nuevas normas contables expedidas bajo Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) y las normas de aseguramiento.

Vencimientos Declaración Activos en el Exterior

Las Personas Naturales Residentes en Colombia para efectos tributarios, así como a las Sociedades o Entidades consideradas como Nacionales para efectos tributarios y que poseían activos a 1° de enero de 2015 en el exterior, que deberán presentar la Declaración Anual de Activos en el Exterior – Formulario 160.

aporte a sociedades nacionales no generará ingreso gravado ni será considerado enajenación

El aporte en dinero o en especie a sociedades nacionales no generará ingreso gravado ni será considerado enajenación, ni dará lugar a ingreso gravable o pérdida deducible para el aportante, siempre que se cumplan las condiciones previstas en el artículo 319 del Estatuto Tributario.

Base gravable del IVA en los juegos de suerte y azar

La base gravable estará constituida por el valor de la apuesta, del documento, formulario, boleta, billete o instrumento que da derecho a participar en el juego. En el caso de los juegos localizados tales como las maquinitas o tragamonedas, la base gravable mensual está constituida por el valor correspondiente a 20 Unidades de Valor Tributario (UVT) y la de las mesas de juegos estará constituida por el valor correspondiente a 290 Unidades de Valor Tributario (UVT).

Panelitas de leche excluidas del IVA

Se entiende por elaboración de manera artesanal, aquella que es realizada tanto por personas naturales como jurídicas de manera predominantemente manual, con un alto porcentaje de materia prima natural’. Por ejemplo: el bocadillo, el arequipe, el manjar blanco y las panelitas de leche, cuajada, cernido de guayaba, postre de natas.

Factura de venta Régimen simplificado del Impuesto Nacional al Consumo

Los responsables del régimen simplificado del impuesto nacional al consumo no están obligados a expedir factura de venta, y si la expiden sin el lleno de los requisitos legales no se harán acreedores a la sanción establecida en el artículo 657 del Estatuto Tributario, sobre cierre de establecimiento de comercio.