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Resolución 55 julio 14 de 2016 DIAN – Sistema Técnico de control de facturación

Los obligados a facturar que soliciten autorización, habilitación y/o inhabilitación de numeración de las facturas y/o documentos equivalentes, ante la UAE Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) deberán: Suministrar información de una cuenta corriente o de ahorros activa; presentar la solicitud a través del servicio informático electrónico de numeración de facturación dispuesto en la página web de la UAE Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), haciendo uso del mecanismo de firma respaldado con certificado digital

Ley 1793 julio 07 de 2016 – Disposición sobre las cuentas de ahorro.

Los clientes de las entidades autorizadas para captar recursos del público a través de cuentas de ahorro y/o depósitos electrónicos podrán disponer de todo el dinero que tienen depositado en sus cuentas de ahorros o depósitos electrónicos, sin tener la obligación de mantener un saldo mínimo.

Ley 788 julio 07 de 2016 – Prima de servicios para servicio doméstico.

El empleador está obligado a pagar a su empleado o empleados, la prestación social denominada prima de servicios que corresponderá a 30 días de salario por año, el cual se reconocerá en dos pagos, así: la mitad máximo el 30 de junio y la otra mitad a más tardar los primeros veinte días de diciembre. Su reconocimiento se hará por todo el semestre trabajado o proporcionalmente al tiempo trabajado.

Elementos contables para la interacción entre la base contable y la fiscal durante los 4 años de transición.

El sistema de registro obligatorio no consiste en un sistema de contabilidad como tal. El CTCP entiende que no es necesario llevar un registro diario, ni mensual, ni con ninguna otra periodicidad distinta a la que marcan las declaraciones tributarias correspondientes. El libro tributario debe ser asentado siguiendo los lineamientos del Decreto 2649 de 1993.

CONCEPTO 09857 ABRIL 27 2016 DIAN – DOCUMENTO SOPORTE PARA PROCEDENCIA DE IMPUESTOS DESCONTABLES

No es viable legalmente que en los casos en que se deba expedir la factura de venta de bienes o por la prestación de servicios, esta se omita y en su lugar el reconocimiento del gasto por estas operaciones pudiera hacerse con otro medio de prueba; pues la norma establece una tarifa legal probatoria.

GUÍA PARA ACTUALIZACIÓN RUT OBLIGADOS A LLEVAR CONTABILIDAD

Todos los obligados a llevar contabilidad deben actualizar el RUT con el código 42, y los códigos correspondientes al grupo NIIF al que pertenecen, y los códigos que identifican el sistema que están utilizando para controlar las diferencias de las bases tributarias frente a los nuevos marcos contables.

OFICIO 0297 ABRIL 15 2016 DIAN – FUNCIONARIO COMPETENTE PARA RESOLVER SOLICITUD DE SILENCIO ADMINISTRATIVO

“se sigue teniendo competencia para proferir decisiones a pesar que haya transcurrido el término para decidir sobre los recursos e incluso se tiene competencia para resolver y revocar el acto ficto o presunto derivado de la ocurrencia del silencio administrativo positivo”.

Oficio 201 marzo 11 de 2016 DIAN – IVA o Impuesto al consumo en máquinas dispensadoras de bebidas

Los servicios de alimentación institucional o alimentación a empresas, prestados bajo contrato catering, entendido este como el suministro de comidas o bebidas preparadas para los empleados de la empresa contratante, se encuentran excluidos del impuesto nacional al consumo y gravados con el impuesto sobre las ventas a la tarifa general.

Valor patrimonial de las acciones

El valor patrimonial de las acciones, aportes y demás derechos sociales en cualquier clase de sociedades o entidades, está constituido por su costo fiscal, ajustado por inflación cuando haya lugar a ello. De manera excepcional, para los contribuyentes obligados a aplicar sistemas especiales de valoración de inversiones, el valor patrimonial será el que resulte de la aplicación de tales mecanismos de valoración.

Concepto 047 marzo 20 2015 CTCP – Tratamiento a los pasivos inexistentes registrados en un balance

En el estado de situación financiera de apertura, se debe aplicar el principio de no reconocer partidas como activos o pasivos, si la normatividad vigente no lo permite (NIIF plenas, NIIF para Pymes, contabilidad para microempresas). Este principio aplica para el caso de los pasivos inexistentes y los activos omitidos. El tratamiento contable difiere del tratamiento tributario.

Decreto 583 abril 08 de 2016 – Tercerización ilegal de trabajadores será sancionado con multas hasta de 5.000 SMMLV

El personal requerido por un beneficiario para el desarrollo de sus actividades misionales permanentes no podrá estar vinculado a través de un proveedor que afecte los derechos constitucionales, legales y prestacionales consagrados en las normas laborales vigentes. Multas hasta de 5.000 SMMLV.

Decreto 587 abril 11 de 2016 – Reversión de pagos sobre compras a través de mecanismos de comercio electrónico

Procedimiento para la reversión de los pagos solicitada por los consumidores según lo previsto en el artículo 51 de la Ley 1480 de 2011, cuando la adquisición de los bienes o servicios se hubiere realizado a través de mecanismos de comercio electrónico y, para tal efecto, se hubiere utilizado tarjetas de crédito, débito o cualquier otro instrumento de pago electrónico.

INFORMACIÓN CON RELEVANCIA TRIBUTARIA

Las personas jurídicas y asimiladas, las personas naturales que a 31 de diciembre del año 2014 posean un patrimonio bruto superior a $1.280.003.935 o hayan obtenido en el año 2014 ingresos brutos, superiores a $1.280.003.923, previa a la presentación de la declaración de renta, deben diligenciar el formato 1732 (Información con relevancia tributaria).

Resolución 113 abril 01 de 2016 – Contaduría General de la Nación – Se incorpora la norma de impuesto a las ganancias para entidades del gobierno.

Se incorpora la Norma de impuesto a las ganancias al Capítulo V Otras normas, de las Normas para el Reconocimiento, Medición, Revelación y Presentación de los Hechos Económicos, del Marco Normativo para Entidades de Gobierno.

OFICIO 03672 FEBRERO 25 DE 2016 DIAN – DONACIONES A CLUBES PROMOTORES DEL DEPORTE

Los contribuyentes que hagan donaciones a organismos del deporte aficionado tales como clubes deportivos, clubes promotores, comités deportivos, ligas deportivas, asociaciones deportivas, federaciones deportivas y Comité Olímpico Colombiano debidamente reconocidas, que sean personas jurídicas sin ánimo de lucro, tienen derecho a deducir de la renta el 125% del valor de la donación.

OFICIO 3249 FEBRERO 23 DE 2016 DIAN – BASE GRAVABLE EN PREMIOS EN ESPECIE

Se consideran ganancias ocasionales para los contribuyentes sometidos a este impuesto, las provenientes de loterías, premios, rifas, apuestas y similares. Cuando sean en dinero, su cuantía se determina por lo efectivamente recibido. Cuando sean en especie, por el valor comercial del bien al momento de recibirse”.

RESOLUCION 974 MARZO 18 2016 MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCION SOCIAL – FORMULARIO ÚNICO DE AFILIACIÓN Y REGISTRO DE NOVEDADES

Se adopta el Formulario Único de Afiliación y Registro de Novedades al Sistema General de Seguridad Social en Salud, y las instrucciones para su diligenciamiento contenidos en los Anexos Técnicos N° 1: “Formulario Único de Afiliación y Registro de Novedades al Sistema General de Seguridad Social en Salud” y N° 2: “Instructivo para el Diligenciamiento del Formulario Único de Afiliación y Registro de Novedades al Sistema General de Seguridad Social en Salud”

Decreto 463 de marzo 16 de 2016 – Renta exenta en servicios hoteleros

Las rentas provenientes de servicios hoteleros prestados en nuevos hoteles cuya construcción se inicie antes del 31 de diciembre de 2017, obtenidas por el establecimiento hotelero o por el operador según el caso, estarán exentas del impuesto sobre la renta por un término de treinta años contados a partir del año gravable en que se inicien las operaciones.

Todas las personas naturales o jurídicas que efectúen pagos a empleados deben reportar ?

De acuerdo a la resolución 24 de marzo 08 de 2016, solo las personas naturales o jurídicas o entidades que estén obligadas a presentar cualquier tipo de información, según la resolución 220 de 2014, son las que deben diligenciar el formato 2276 (Información del certificado de ingresos y retenciones- Formato 220 DIAN).

Resolución 663 diciembre 30 de 2015 – Contaduría general de la nación

Para las empresas que conforman el Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS), el período de aplicación de las NIIF, es el comprendido entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2017. En este período, la contabilidad se llevará, para todos los efectos, bajo el nuevo marco normativo.

Resolución 533 octubre 08 de 2015 – Por la cual se incorpora en el régimen de contabilidad pública, el marco normativo aplicable a entidades de gobierno

Para las entidades de Gobierno que se encuentran bajo el ámbito del Régimen de Contabilidad Pública, el periodo de preparación será el comprendido entre enero 01 a diciembre 31 de 2016 y el período de aplicación obligatoria será el período comprendido entre el 01 de enero y 31 de diciembre de 2017. Los saldos iniciales se registraran a enero 01 de 2017.

Decreto 390 marzo 07 de 2016 – Regulación aduanera

El decreto 390 de 2016, se aplica en la totalidad del territorio aduanero nacional y regula las relaciones jurídicas que se establecen entre la administración aduanera y quienes intervienen en el ingreso, permanencia, traslado y salida de las mercancías, hacia y desde el territorio aduanero nacional, con sujeción a la constitución y la ley.

Resolución 0024 marzo 08 de 2016 – Modifica resolución 220 de octubre 31 de 2014 – Información exógena año gravable 2015

Resolución 24 de marzo 08 de 2016 DIAN, por la cual se modifica parcialmente la resolución 0220 del 31 de octubre del 2014 y la resolución 111 de octubre 29 de 2015 (Información exógena año gravable 2015), y se amplían los plazos para presentar la información.

Información Exógena años gravables 2015 y 2016

Las resoluciones 000220 de octubre 31 de 2014, y 000112 de octubre 29 de 2015 expedidas por la DIAN, establecieron el grupo de obligados a suministrar la información tributaria por los años gravables 2015 y 2016, y señalaron el contenido, características técnicas para la presentación y los plazos para su entrega.

Resolución 019 febrero 24 de 2016 DIAN – Sistema técnico de control para la factura electrónica

Mediante la cual se prescribe un sistema técnico de control para la factura electrónica acorde con el Decreto 2242 de 2015, se señalan los procedimientos que deben agotar, y los requisitos que deben cumplir los sujetos del ámbito de este decreto, y se disponen otros aspectos en relación con la factura electrónica.

Resolución 482 febrero 19 de 2016 – Atención en salud a adultos mayores

La cédula de ciudadanía es el instrumento mediante el cual las personas adultas mayores podrán acceder a una atención preferencial, ágil y oportuna en salud así como los demás beneficios enunciados.
En ningún caso podrán negarse los servicios de atención a una persona adulta mayor, por razones administrativas o económicas”.

Decreto 297 febrero 23 de 2016 – Exención IVA para servicios turísticos

Se consideran servicios exentos del impuesto sobre las ventas con derecho a devolución bimestral los servicios turísticos prestados a residentes en el exterior que sean utilizados en territorio colombiano, originados en paquetes vendidos por las agencias operadoras u hoteles inscritos en el registro nacional de turismo.

Oficio 1399 febrero 08 de 2016 DIAN – Aplicación NIIF en el Régimen de precios de transferencia

Únicamente para efectos tributarios, las remisiones contenidas en las normas tributarias a las normas contables, continuarán vigentes durante los cuatro (4) años siguientes a la entrada en vigencia de las Normas Internacionales de Información Financiera –NIIF.

Oficio 01344 febrero 04 de 2016 DIAN – Sustracción de rentas exentas para asimilados a empleados

La Sentencia C-492 de 2015 señala que “para el cálculo de la renta gravable alternativa para empleados, obtenida en virtud de los sistemas IMAN e IMAS-PE, debe permitir la sustracción de las rentas de trabajo exentas, en los términos previstos por el artículo 206-10, primera frase, del Estatuto Tributario, una vez se detraigan del valor total de los pagos laborales recibidos por el trabajador, los conceptos permitidos por el artículo 332 del Estatuto.

Circular externa 01 de 2016 Supersolidaria – Modificación circular básica contable y financiera 04 de 2008.

Período de transición para preparadores de información financiera del grupo 2, que conforman el sistema general de seguridad social en salud y cajas de compensación familiar, es del primero de enero de 2016 hasta el 31 de diciembre de 2016. Entidad vigiladas por Supersolidaria no aplicaran el tratamiento de la cartera de crédito y su deterioro previsto en la NIIF 9 y NIC 39 y el de los aportes sociales previstos en el artículo 1.1.4.6.1 del decreto 2496 de 2015.

Monto máximo de deducibilidad por inversiones o donaciones en proyectos de ciencia, tecnología e innovación.

Fijar como monto máximo anual que individualmente pueden solicitar las empresas, en proyectos calificados como de investigación, desarrollo tecnológico e innovación por el CNBT, para el año gravable de 2016 en $131.250.000.000,00 que corresponde a un valor base de inversiones o donaciones con derecho a deducción para dichos proyectos por valor de $75.000.000.000,00.